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jueves, 25 de julio de 2013

Aprueban ley de salarios sector público

Santo Domingo. RD.- La Cámara de Diputados rechazó este miércoles las observaciones que introdujo el Poder Ejecutivo a la Ley General de Salario del sector público, que establece un sueldo al presidente de la República de 450 mil pesos y 300 mil a los ministros.


Al rechazar las observaciones al proyecto, quedó automáticamente convertido en Ley ya que la legislatura termina este viernes.

Un total de 109 diputados votaron a favor para rechazar las enmiendas al proyecto, hechas por Leonel Fernández al final de su mandato presidencial,  mientras que sólo dos estaban a favor de las observaciones.

El presidente de la Cámara de Diputados, Abel Martínez, dijo que acogiendo un mandato constitucional, motivó a los diputados para que votaran por el rechazo a las observaciones del Poder Ejecutivo, por entender que “viene a quitar las distorsiones aberrantes que por décadas han existido en los salarios de los servidores públicos”.

La enmienda establece que los funcionarios del Banco Central no podrán tener tarjetas de crédito, y que a sus gastos de representación, de combustible y teléfono se les aplicarán todos los dispositivos de la ley, excepto en los salarios.

La ley fija un tope de 400 mil pesos al mes para los presidentes del Senado, Cámara de Diputados, Suprema Corte de Justicia y el Tribunal Constitucional.

En tanto que los titulares de la Cámara de Cuentas, Procurador General de la República, Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, devengarán $350 mil, y el Contralor General de la República 300 mil pesos. 

Transparente
El presidente de los diputados, Abel Martínez significó que el proyecto tal y como lo había aprobado la Cámara de Diputados, trae consigo la revolución positiva de las escalas salariales en la administración pública que se ha realizado en los diferentes gobiernos.

“No es para quitar, sino para transparentar, para corregir, por lo que creo que es la oportunidad que en el día de hoy rechacemos las observaciones  que hizo el Poder Ejecutivo”,  precisó Martínez.
Significó que con el rechazo se le da al Estado Dominicano el instrumento necesario para que establezca normas y que el Ministerio de la Administración Pública disponga de un marco jurídico para regular los salarios en el sector público.

 “Esta normativa es un instrumento eficaz que el país hace años vienen pidiendo. Desde hoy contaremos con una ley consensuada, debatida y que transparentará el accionar del Estado, y  para que no haya injusticia en los salarios que devengan los funcionarios del Gobierno”.

Contenido de la ley
La ley limita el uso de tarjetas de créditos con cargo al Estado al Presidente y Vicepresidente de la República; a los presidentes de las Cámaras legislativas, Suprema Corte de Justicia y titulares de órganos de origen constitucional.

Establecerá como salario tope para el presidente de la República RD$450 mil; para el del Senado, la Cámara de Diputados, Suprema Corte de Justicia y el Tribunal Constitucional RD$400 mil; Tribunal Superior Electoral RD$375 mil; Cámara de Cuentas RD$350 mil; ministros,  Procurador General de la República, el Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo y el Contralor General RD$300 mil y el Defensor del Pueblo RD$250 mil.

Los gastos de representación quedarán limitados hasta un monto máximo de hasta el 15% del salario o sueldo base del funcionario,  exceptuando al Presidente y Vicepresidente de la República, los presidentes de las Cámaras legislativas, presidente de la Suprema Corte de Justicia, Tribunal Constitucional, Tribunal Superior Electoral, Cámara de Cuentas y la Junta Central Electoral.

La asignación de combustible corresponderá al diez por ciento del salario, exceptuando al Presidente y Vicepresidente. En los demás poderes se establecerá con un reglamento.

Se establece que los funcionarios públicos no podrán percibir ninguna remuneración con cargo del Estado, distinta a la propia de su puesto de trabajo y no podrán ejercer otras funciones que conlleven el pago de prestaciones o remuneraciones provenientes de otras fuentes, excepto las docentes, culturales, deportivas o de investigación.

Esto significa que los legisladores no podrán recibir dietas ni viáticos por asistencia a las sesiones y a las reuniones de comisiones. Ni los funcionarios designados tampoco por otras gestiones ligadas a sus cargos.

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