El jefe del Estado establece que para la realización de la venta de los activos la Tabacalera deberá convocar a una licitación pública internacional, realizando un llamado público y abierto, mediante el cual se convocará a los interesados para que presenten sus ofertas.
“Se autoriza al Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (Fonper), en representación del Estado dominicano a aprobar en asamblea general extraordinaria, de accionistas de la Tabacalera y de conformidad con los estatutos sociales, la venta de la totalidad de los activos relacionados con el principal objeto social de dicha entidad comercial, bajo las condiciones establecidas en este decreto”.
En el artículo 2 del referido decreto establece que antes del proceso de licitación pública internacional para la venta de los activos productivos de la Tabacalera, el Fonper y el accionista administrador de la entidad comercial deberán suscribir un acuerdo que contemple el procedimiento a seguirse para la venta y deberán especificar los derechos y deberes de ambas partes, durante el referido proceso, sin perjuicio de lo que dispone el decreto.
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